El INEM (Instituto Nacional de Empleo)
No existe, Ahora se llama " SEPE "
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), desde la publicación de la Ley 56/2003 de 16 de diciembre, de Empleo, es responsable de la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo a nivel nacional.
Junto a los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas forman el Sistema Nacional de Empleo.
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Para cuestiones relativas a empleo
y prestaciones por desempleo entra en:
http://www.sepe.es/
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Prestación desempleo
La duración de la prestación está en función del período de ocupación cotizada y contemplen los últimos seis años anteriores a la situación de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, o, en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior, con arreglo a la siguiente escala:
Período de ocupación cotizada en los
6 últimos años |
Duración de la prestación
|
Desde 360
hasta 539 días |
120 días
|
Desde 540
hasta 719 días |
180 días
|
Desde 720
hasta 899 días |
240 días
|
Desde 900
hasta 1.079 días |
300 días
|
Desde 1.080
hasta 1.259 días |
360 días
|
Desde 1.260
hasta 1.439 días |
420 días
|
Desde 1.440
hasta 1.619 días |
480 días
|
Desde 1.620
hasta 1.799 días |
540 días
|
Desde 1.800
hasta 1.979 días |
600 días
|
Desde 1.980 hasta
2.159 días |
660 días
|
Desde 2.160 días
|
720 días
|
El importe a percibir por la prestación de desempleo será:
- Durante los 180 primeros días, el 70% de la Base Reguladora.
- A partir del día 181, el 60% de la Base Reguladora.
- Los importes así calculados no podrán ser superiores al tope máximo ni inferiores al tope mínimo establecidos.
Otra información que te puede interesar:
Cita previa
Para tu comodidad, sin que sea necesario que acudas a la Oficina de Empleo, el SEPE, pone a tu disposición, en esta página web, los siguientes trámites:
- Reconocimiento en línea: Reconocimiento automático de la prestación contributiva.
- Solicitud de prestaciones: Presentación de las solicitudes que serán tramitadas posteriormente por las personas que gestionan las prestaciones.
- Consultas: del estado de tu prestación.
- Certificado de empresa: consulta de los datos del certificado de empresa.
- Modificación de datos bancarios.
- Obtención de Certificados de la prestación (de situación, IRPF, importes percibidos, etc.).
Asimismo, existe una amplia información de prestaciones por desempleo (no exige ninguna identificación)
- Guías informativas, preguntas frecuentes, información estática.
- Carpetas informativas y modelos de impresos.
- Simulador de prestaciones para obtener información sobre la posible prestación que le puede corresponder.
No obstante, también puedes rellenar y descargar el impreso de solicitud de prestación por desempleo a través de Modelos de impresos, que podrás presentar junto con la documentación necesaria, en cualquier registro de la Administración Estatal y Autonómica, y de las Administraciones Locales, en este último caso, siempre que tengan suscrito el oportuno convenio, (art. 38 de la Ley 30/1992. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Guías informativas, modelos de impresos y carpetas informativasSiete pasos para cobrar la prestación (pdf - 2,10 Mb.) (archivo pdf) archivo
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